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Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 207 del 3 de noviembre 2016

Autor:  Gobierno de Nicaragua

no bancarios de tarjetas de crédito de contar con un Programa de Prevención de Lavado de Dinero, Financiamiento al Terrorismo y Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (PLD/FT/FP) acorde a la naturaleza, perfil de riesgo y tamaño de la sociedad, así como, a la complejidad y volumen de sus productos....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 198 del 31 de agosto 1957

Autor:  Gobierno de Nicaragua

mensual al Consejo de Di- rectores; y a realizar los demás actos que sean acostumbrados para esta clase de cargo. Art. 28-Del Sargento de Armas.-El Sar- gento de Armas tendrá las funciones de fiscal de los actos del Consejo de Directores, y en las Asamblea Generales se encargará de llevar la asistencia....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 121 del 26 de junio 2018

Autor:  Gobierno de Nicaragua

siguiente: DECRETO D E R AT I F I C A C I Ó N D E L “ T R ATA D O S O B R E L A PROHIBICIÓN DE LAS ARMAS NUCLEARES” Art í cu lo 1 . Ra t i f i c a r e l “TRATADO SOBRE LA PROHIBICIÓN DE LAS ARMAS NUCLEARES”, suscrito el veintidós de septiembre de dos mil diecisiete, en la ciudad de Nueva York....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 165 del 23 de julio 1955

Autor:  Gobierno de Nicaragua

o. l N9 3563 Rosa Ramón Armas, solicita decláresele heredero de su madre Braulia Dionisia Armas, unión herma· nos: Adil!a, Armando, Pastora, Rosa, Angel a, Ro- dolfo, Leonzo y francisca Armas, última difunta y repreaentada por hijos: lsolina, Juana y Gustavo Armas. Bienes: finca rústica tres....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 249 del 04 de noviembre 1954

Autor:  Gobierno de Nicaragua

12-B El Presidente de la República, Acuerda: lo.-Reorganizar •el Personal de la Co· mandancia de Armas de Corinto, Departa· mento de Chlnandega, en la siguiente forma: Comandante de Armas, Coronel (lnf .) don Ernesto Matam.oros Meza, O. N.; Secretario, seftor Rubén Barrios Macfas; Encargado....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 91 del 22 de abril 1953

Autor:  Gobierno de Nicaragua

máquinas y piez11 de máquinas para la fabricac:jon de automóviles, motocicletas y bici· cletas, armas de luego, punzantes y coftantes, ruedas dentadu, cojinetes de holillas y de rodillos y sus componentes; armas de fuego, materias explosivas; artfculos de ignición, proyectiles y munlclone1>. Oyense.oposiciones....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 211 del 11 de septiembre 1953

Autor:  Gobierno de Nicaragua

caso de reincidencia. Las eutoridades de Pólicia coo- perarán en la consecución de la efectividad de estos impuestos. 40)-Decomiso de Armas a) Toda clase de armas decomisadas, excepto las nacionales que decomisen las autoridades mi- litares o de policf a en el Departamento; serán subastadas a beneficio....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 243 del 22 de octubre 1952

Autor:  Gobierno de Nicaragua

no ocupa· do que, al acercarse el enemigo, tome espontaneamente las armas para com· batir a las tropas invasoras, sin haber tenido tiempo para constituirse en fuer- ·zas armadas regulares, siempre que lle- ve francamente las armas y respete las leyes y costumbres de la guerra. La aplicación de las....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 274 del 28 de noviembre 1952

Autor:  Gobierno de Nicaragua

ocupado que, al acercarse el enemigo, tome es· pontáneamente las armas para comba· tir a las tropas invasoras, sin haber te· nido tiempo para con'i!tituirse en fuer .. zas armadas regulares, siempre que lle· ve francamente las armas y respete las leyes y costumbres de la guerra. Artículo 14 Unicamente....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 21 del 30 de enero 1947

Autor:  Gobierno de Nicaragua

depositante. Las armas que fueren entregadas serán devueltas a sus duenos diez dias después de pasada la elección, siendo responsable per- sonalmente del valor de ellaei, en caso de no devolución, el agente que la recibió. Todos los ciudadanos que porten y con· 11erven armas de fuego de acuerdo....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 102 del 17 de mayo 1947

Autor:  Gobierno de Nicaragua

entregue un recibo a los depositantes de armas. Yo querrfa que se agregue que los fuocionari':>s o coman· PODER EJECUTIVO OUE~R.A, MARINA V AVIACION Nombramientos . • • • • • • • • . • 896 dantes departamentales serán los responsa· bles por el valor de las armas que tengan 896 en depósito. Hago moción....




Decreto - Que reglamente el modo de extender las cédulas de inválidos - 30 de Junio 1852

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1852

fecha en que se solicitó la refrendata. http://enriquebolanos.org/ Art. 4° Los Militares quo se invaliden en cual- quier funcion del servicio de armas del Estado, están comprendidos en la gracia que concede la lei de 27 de mayo de 1841. Art. 5.° Los artículos 1. ° y 4.° de la presen- te, son aclaratorios....




Decreto - Mandando se le suministre mensualmente por el tiempo de su vida á los soldados Pablo Llanes y Manuel Picado el sueldo de su clase - 6 de Julio 1852

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1852

constituidos en Asamblea, DECRETAN: Art. Unico. A los soldados Pablo Llanes y Manuel Pi- cado inutilizados perpetuamente en el servicio de las armas el 13 de mayo último, se les suministrará men- sualmente por el tiempo de su vida, el sueldo de la clase á que corresponden. Dado en el salon de....




Decreto - Mandando se le suministre al soldado Carlos Caballero por el tiempo de su vida el sueldo de su clase - 17 de Julio 1852

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1852

Es- tado de Nicaragua constituidos en Asamblea DECRETAN: Art Unico. Al Soldado Cárlos Caballero inutilizado perpetuamente en el servicio de las armas del Estado, se le suministrará mensualmente por el tiempo de su vida el sueldo de su clase Dado en el Salon de sesiones de la Cámara de Re- presentantes....




Decreto - Mandando que dentro de tercero dia de publicado el presente, se ostente ante las autoridades respectivas para alistarse en la fuerza cívica, todo hombre de 18 á 60 años - 19 de Septiembre 1851

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1851

El Senador Director del Estado de Nicaragua—,En aten- cion á que por decreto gubernativo de 11 de agosto último se llamaron al servicio de las armas á todos los nicara- guenses de 18 á 60 años, mandandose que de estos soldados voluntarios se formase la fuerza militar y civica; y que á pesar del....