Búsqueda

Colecciones

Filtros

24800 Resultados - Página 243 de 1654

Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 94 del 10 de mayo 1950

Autor:  Gobierno de Nicaragua

República General de División Anastasio Somoza García, ante el Congreso Nacional -Hacé pocos dlas ocupaba yo esta misma tribuna, en mi carácter de Senador Vitalicio de la República, para explicar los alcances, realidades y promesas del Acuerdo Polftlco concertado entre los dos Partidos Históri· cos....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 175 del 18 de agosto 1947

Autor:  Gobierno de Nicaragua

los Bienes Nacionales y Jefe del Depar· tamento de Correspondencia, en lugar del doctor Héctor Dario Zúniga, que pasó a otra dependencia. A la señora Mercedes de Castro, Ama- nuense, Encargada de Libros Matrices, en . lugar tdel seftor Miranda, que pasa otro pueato. AL COMERCIO IMPORTADOR DE....




Decreto - Reglamento de caminos - 1 de Julio 1861

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1861

haber  en  la  cercanía  estos  materiales,  empleándolos  por  lo  menos  en  los  peores  pasos.  Lo  propio  se  observará  en  cualquier  otro  lugar  fangoso  donde  pueda  haber  materiales de esta clase.  Art. 9°. Los árboles cuyas raíces  impiden el desmoronamiento  del  terreno  por  las  avenidas ....




Acuerdo - Reglamento de San Juan del Norte - 20 de Febrero 1861

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1861

ve- cinos del lugar, asociados del Gobernador Intendente, y el valor que resulte se registrará en un libro que se llevará al efecto, concediéndose a los interesados el término de ocho dias, despues de aviso público de concluido el avalúo, para cualquiera rectificacion que haya lugar. Capitulo 13....




Acuerdo - Aprobando el reglamento del panteón de Granada - 26 de Agosto 1875

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1875

Junta sin que el interesado haga constar el entero de los derechos de fábrica 6 de Panteon, segun el lugar en que deba hacerse la, in- humacion. Art. 11. Ningun enterramiento tendrá lugar antes de las seis de la mañana ni despues de las seis de la tarde, salvo en casos entraordinarios....




Acuerdo - Aprobando un Reglamento de Cárceles - 11 de Abril 1883

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1883

se dispone en el artículo 9? Art. 11—El Alcaide dormirá precisamente en el lu- gar que le designe el Comandante de la guardia, para lo que haya lugar. En el edificio de las cárceles y cada no- che deberá hacer á los presos una visita por lo menos á diferentes horas, para ver si se conservan las luces....




Decreta - Reglamento para las cárceles de la ciudad de Managua - 15 de Mayo 1879

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1879

autoridad, para inquirir la verdad y proceder a lo que haya lugar. Art. 35—El Alcaide encargará el cuidado de las cár celes, al Comandante de la guardia, y el Comandante del presidio, al Agente o Gobernador de Policía, quienes que darán en su lugar, debiendo recibir las llaves, presos, pri- siones y demás....




Decreto - Que manda a elegir Diputados propietarios y suplentes a varias juntas de distrito - 8 de Febrero 1864

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1864

propietario y un suplente en lugar de don Jerónimo Carcache y don Francisco Cortéz : la del distrito de Granada un Diputado propietario y un suplente en lugar de D. E. Castillo y D. Dionicio Cha- morro : la de Masaya un Diputado propietario y un suplente en lugar de don Jerónimo Perez y don Dolores....




Decreto - Ley de Imprenta - 6 de Julio 1894

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1894

guientes, mandará, citar por auto, al que apareciere firmado en la publicación; y caso de no aparecer, de ser desconocido ó de no hallarse en el lugar, al direc- tor del establecimiento de impresión y al acusador, y á presencia de ellos, procederá á desinsacular cinco jurados propietarios y tres....




Decreto Legislativo - Sobre enseñanza primaria y secundaria y demás cosas que expresa - 28 de Abril 1836

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1836

entenderse que ganen cuatro matrículas en cada facultad, en lugar de las cinco que previenen las constituciones; deberán defender una obra elemental, y pagarán los derechos como para los otros grados por suficiencia. Art. 24. En lugar de los dos reales que señalan las constituciones de matrículas....




Ley - Capítulos vigentes de la ley orgánica de hacienda federal - 27 de febrero 1837

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1837

Art. 85. Si los bienes del deudor o de los fiadores no estuvieren dentro del distrito federal, o en el lugar donde resida el juez que actúa, deberá exhortarse al juez respectivo del lugar en donde se hallen, para que proceda a su embargo y remate hasta hacer efectivo el pago de la deuda y dicho....




Decreto - Estableciendo juntas departamentales para promover la instrucción pública, i una general con el mismo objeto, todas con las atribuciones que se señalan - 28 de abril 1836

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1836

entenderse que ganen cuatro matrículas en cada facultad, en lugar de las cinco que previenen las constituciones, deberán defender una obra elemental i pagarán los derechos como para los otros grados por suficiencia. Art. 24. En lugar de los dos reales que señalan las constituciones de matrículas....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 127 del 8 de junio 1979

Autor:  Gobierno de Nicaragua

. .. - -- --- -- - ---- ·- -'.-::...- :····:-:- .._ PODER LEGISLATIVO = == Cámara del Senado después de la i:itervencién c~c! honorable Senador doctor Con rado Vudo, podía haber Pág. quedado todavía alguna 1 ig'era duda en cuan- to a la facultad constitu cional por parte del 1793 Ejecu....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 50 del 2 de marzo 1978

Autor:  Gobierno de Nicaragua

en su in- tervención, en nombre de [a honorable Co- misión Especial que conoce de las diferentes acusaciones presentadas en contra de! ho- norable Senador Suplente, Don Germán Sa- borío Morales, expresa que desea solicítar un plazo prudencial, para que la Comisión cum. pla con su cometido, ya que la....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 241 del 26 de octubre 1978

Autor:  Gobierno de Nicaragua

Dado en el Saló11 de Se:siones de la Cá- mara del Senado. Managua, 23 de abril de 1925. - Federico Sacasa, Senador Presi- dente. Sebastián Uriza. Senador Secreta- rio. J. L. Salazar, Senador Secretario. Al Poder Ejecutivo, Cámara de Diputa- dos, Managua 14 de mayo de 1925. Vicen- te F. Pérez, Diputado....