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Reglamento - Reglamento de subdelegados intendentes decretado por el gobierno - 17 de noviembre 1858
Autor: Gobierno de Nicaragua 1858recursos que tengan lugar: 2º. Conocer en 2ª instancia de las sentencias verbales que pronuncian los alcaldes constitucionales en los asuntos de Hacienda: 3º. Admitir ante el juez de 1ª instancia del distrito en que resida, las apelaciones de las sentencias verbales que pronuncie en el lugar de su residencia:....
Ordenanza - Ordenanza municipal del puerto del Cabo Gracias a Dios - 18 de septiembre 1869
Autor: Gobierno de Nicaragua 1869Ordenanza para el gob.ierno interior del pueblo del Cabo de Gracias. Gobierno interior. Artículo 1º. Seccion 1ª. El gobierno interior del lugar será dado a un inspector jeneral, i a un consejo municipal, con arreglo a lo prescrito en esta ordenanza, i a las disposiciones que en lo sucesivo....
Decreto - Reglamentando la administración de justicia civil i criminal - 27 de abril 1831
Autor: Gobierno de Nicaragua 1831interpongan de las sentencias dadas por los jueces de 1ª instancia en las causas en que procediéndose por juicio escrito conforme a derecho, no tenga lugar la apelacion; i en este caso llamarán los autos para el preciso i único fin de repetirlos i hacer efectiva la responsabilidad del juez, a quien los....
Decreto - Estableciendo el reglamento interior de la Corte suprema de justicia - 6 de mayo 1835
Autor: Gobierno de Nicaragua 1835jeneral de todos los majistrados. Art. 2°. El órden que se ha de guardar en el despacho será éste: el secretario de cámara dará cuentas en primer lugar con los asuntos de hacienda pública: en segundo con las causas de infraccion de lei, i demas criminales: en tercero con las civiles de pobres, prefiriendo....
Reglamento - Reglamento de la ciudad de Corinto en la isla de Puntaicaco, i de la marina en el puerto del Realejo - 15 de Junio 1859
Autor: Gobierno de Nicaragua 1859Art. 30. Es prohibido descargar el lastre sin permiso del comandante del puerto, quien deberá disponer el lugar donde debe desembarcarse, y el mismo comandante deberá señalar el lugar en donde lo tomen los que lo necesiten; la contravención de este artículo será castigada gubernativamente por....
Decreto - Reglamentando la hacienda pública del Estado - 8 de mayo 1836
Autor: Gobierno de Nicaragua 1836espediente no será necesario si el gasto estraordinario no escediere de cincuenta pesos o aun cuando fuere mayor, las circunstancias del caso no dieren lugar a formarlo, ni a hacer la consulta. 4º. Igualmente corresponde al Gobierno decretar la creacion o supresion de las plazas de guarda necesarias para....
Decreto 152 - Ley Orgánica del Instituto Nicaragüense de Energía (INE) - 1979
Autor: Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacionalterritorio de la República. Para los efectos de los actos y operaciones que ejecuten, las sucursales y centros de servicios tendrán su domicilio en el lugar en que se esta- blezcan. ART. 5. - Organos de Gobierno del Instituto: a)-EI Consejo Directivo, b)-EI Director General. ART. 6. - El Consejo....
Decreto 161 - Ley Creadora del Instituto Nicaragüense de Turismo - 1979
Autor: Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacionalinternacionales del ramo. ART. 4. - El domicilio legal del Instituto será la ciu- dad de Managua pero podrá establecer oficinas o agencias en cualquier lugar de la República, así como en el extran- jero. ART. 5. - El Ministerio del Exterior designará una persona entre los funcionarios o empleados de cada....
Decreto 587 - Plan de Arbitrios del Municipio de Managua - 1980
Autor: Junta de Gobierno de Reconstrucción NacionalCuando el vendedor, gestor o el que presta los servicios es el del domicilio de Managua, la venta se presumirá efectuada aquí, independientemente del lugar de la entrega o prestación del servicio. ART. 7Q.-Toda persona natural o jurídica propietaria de in- muebles deberá pagar, previamente a la ejecución....
Decreto 448 - Aprobación de la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural - 1980
Autor: Junta de Gobierno de Reconstrucción NacionalAsamblea General de las Naciones Uñidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, aprobó el 16 de noviembre de 1972, en su 17~ reunión que tuvo lugar en la ciudad de París del 17 de octubre al 21 de noviembre de ese año, la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural....
Decreto 352 - Ley Orgánica del Instituto Nicaragüense de Energía (INE) - 1980
Autor: Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacionalterritorio de la Re- pública. Para los efectos de los actos y operaciones que ejecuten, las sucursales y centros de servicios tendrán su domicilio en el lugar en que se establezcan. Or9anos de Gobierno ART. 59.-Organos de Gobierno del Instituto: a) El Cosejo Directivo; b) El Director General. Consejo....
Decreto 301 - Régimen Legal de las Instituciones de Seguros Extranjeras Establecidas en Nicaragua - 1980
Autor: Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacionaldel mínimo exi- gido por el Art. 30 de la Ley General de Instituciones de Seguros. Cualquier disminución no autorizada de capital y reservas dará lugar a las sanciones contempladas en la citada Ley. ART. 4Q.-"Las Sucursales" deberán mantener las inversio- nes a que se refiere el Art. 35 y siguientes....
Decreto 315 - Aprobación y Adhesión al Acuerdo sobre la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) - 1980
Autor: Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacionalcon carácter ordinario, cada dos años, notificando al Consejo Superior de la FLACSO con cuatro meses de anticipación a los Estados Miembros el lugar, fecha y orden del día provisional de la reunión. Asimismo se notificará a los demás Estados Latino- americanos. 3.-La Asamblea General podrá reunirse....
Decreto 914 - Ley Aclaratoria al Decreto No. 329 - 1981
Autor: Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacionalcrito en que se interponga, deberán establecerse con claridad las razones en que se funde la pretensión. Si el recurso fuere decla- rado sin lugar, habrá lugar a una disminución del 10% del avalúo primitivo en concepto de sanción. ART. 7?-El recurso de revisión deberá ser resuelto en el plazo de....
Decreto 942 - Ley sobre Defraudación y Contrabando Aduaneros - 1982
Autor: Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacionalse tratare de faltas, al Administrador de Aduana más próximo al lugar de los hechos. 2) Si se tratare de delitos, a los respectivos Jueces de lo Crimi- nal del Distrito, en que radicare la Administración de Adua- na más próxima al lugar de los hechos. ART. 20".-En cualquiera de los casos señalados....