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Decreto - Aumentase la renta creada por decreto legislativo de 2 de junio de 1914, el impuesto del dos por mil - 29 de Junio 1917
Autor: Gobierno de Nicaragua 1917El Presidente de la República. a sus habitantes, SABED: Que el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente: El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, DECRETAN Art. 1°— Auméntase la renta escolar creada por decreto legislativo de 2 de junio de 1914, con el impuesto....
Decreto - Declárese duelo nacional la muerte del doctor don Francisco Baca - 6 de Julio 1917
Autor: Gobierno de Nicaragua 1917El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua DECRETAN: Art. 1º ‐ Declárase duelo nacional la muerte del eximio ciudadano doctor don Francisco Baca. Art. 2º. ‐ Nómbrase representantes del Congreso para que asistan a los funerales y den el pésame a la familia ....
Acuerdo - Clausurar sus sesiones extraordinarias a que fue convocada por decreto ejecutivo de 27 de febrero anterior - 16 de Julio 1917
Autor: Gobierno de Nicaragua 1917La Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, ACUERDA: Unico – Clausuran sus sesiones extraordinarias a que fue convocado el Congreso Nacional por decreto Ejecutivo de 27 de febrero anterior. Dado en el salón de Sesiones Cámara de Diputados – Managua, 12 de julio de ....
Decreto - Esta ley deroga los artículos 781, 1767 y 1829 en donde faculta al litigante a publicar los avisos y carteles en otro periódico que no sea el oficial - 28 de Julio 1917
Autor: Gobierno de Nicaragua 1917El presidente de la República, a sus habitantes, Sabed: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, DECRETAN: Art. 9°—Esta ley deroga los artículos 781, 1767 y 1829 Pr. en la parte que se refiere a la facultad que da al ....
Decreto - Se establece que en los pasaportes que expida el ministerio de relaciones exteriores deberá hacerse constar con claridad el nombre y apellido del interesado, nacionalidad, lugar de nacimiento y demás detalles de filiación - 16 de Agosto 1917
Autor: Gobierno de Nicaragua 1917El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, DECRETAN: Art. 1° —En los pasaportes que el Ministerio de Relaciones Exteriores expida deberá hacerse constar con claridad, además del nombre y apellido del interesado, su nacionalidad, lugar de nacimiento, fecha ....
Decreto - Reforma los artículos 27, 28, 29 y 31 de la ley consular emitida el 26 de octubre de 1904 - 18 de Agosto 1917
Autor: Gobierno de Nicaragua 1917El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, DECRETAN: Art. 1° —Refórmanse los artículos 27, 28, 29 y 31 de la Ley Consular emitida el 26 de octubre de 1904, de la siguiente manera: a) Los honorarios que perciban los cónsules por los actos que les corresponden efectuar....
Decreto - Auméntese la renta escolar creada por decreto legislativo de 2 de junio de 1914 - 11 de Julio 1917
Autor: Gobierno de Nicaragua 1917El Presidente de la República, a sus habitantes, Sabed : Que el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente: El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, DECRETAN : Art. 1° —Auméntase la renta escolar creada por decreto legislativo de 2 de junio de 1914, con el impues....
Decreto - Reduce el presupuesto general de gastos para el año fiscal de 1917 a 1918 en todos los ramos de la administración pública - 12 de Julio 1917
Autor: Gobierno de Nicaragua 1917El presidente de la República, a sus habitantes. Sabed: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, DECRETAN : Art. 1°—Redúcese el Presupuesto General de Gas- tos, para el ario Fiscal de 1917 a 1918, en todos los ra- mos de....
Decreto - No se autorizarán escrituras en que se hipoteque o se trasfiera el dominio de bienes inmuebles o se constituyan derechos reales sobres los mismos - 14 de Julio 1917
Autor: Gobierno de Nicaragua 1917El Presidente de la República, a sus habitantes, Sabed: Que el Congreso Nacional ha ordena lo lo siguiente: El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, DECRETAN: Artículo 1° —Las Notarios y Jueces no autorizarán escrituras en que se hipoteque o se trasfiera el dominio....
Decreto - Se aclara el inciso 1° del artículo 2° de la ley de 12 de mayo de 1915 - 19 de Julio 1917
Autor: Gobierno de Nicaragua 1917El presidente de la República, a sus habitantes, Sabed: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, DECRETAN : Art. 1° —El impuesto a que se refiere el inciso 1° del artículo 29 de la ley de 12 de mayo de 1915, será de treinta....
Decreto - Prorrogar hasta el 31 de diciembre del año en curso las funciones de la comisión de crédito público creada conforme la ley de 14 de febrero último - 19 de Septiembre 1917
Autor: Gobierno de Nicaragua 1917El Presidente de la República, a sus habitantes, Sabed : Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, DECRETAN: Art. 1° —Prorróganse hasta el 31 de diciembre del año en curso las funciones de la Comisión de Crédito Público....
Decreto - Elévese a diez córdobas mensuales la pensión que goza la señora Emelina v. de Flores Estupinián - 13 de Julio 1917
Autor: Gobierno de Nicaragua 1917El Presidente de la República, a sus habitantes, Sabed: Que el Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, DECRETAN: Art. 1°—Elévese a diez córdobas C 10.001 mensua- les, la pensión de que goza la señora Emelina v, de Flo- res Estupinián, según cédula de montepío extendida por....
Decreto - Elévese a diez córdobas mensuales la pensión de inválido al teniente Carlos Selva - 21 de Julio 1917
Autor: Gobierno de Nicaragua 1917El Presidente de la República, a sus habitantes, Sabed: Que el Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, DECRETAN : Art. 1o—Elévese a diez córdobas Lc 10.00] men suales la pensión de inválido asignada por Decreto Legis- lativo de 3 de mayo de 1913, al Teniente Carlos Selva....
Decreto - Cancélense todas las pensiones vitalicias y temporales hasta ahora concedidas excepto las comprendidas en el título V. cap. V. parte segunda del libro segundo de ordenanza militar - 28 de Agosto 1917
Autor: Gobierno de Nicaragua 1917El presidente de la República, a sus habitantes, Sabed: Que el Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, DECRETAN: Art. 1°—Cancélanse todas las pensiones vitalicias y temporales hasta ahora concedidas, excepto las comprendidas en el Título V. Cap. V. parte S....
Decreto - Se reafirma que los actuales depósitos de especies fiscales continuaran funcionando con el título de Administraciones de rentas - 1 de Octubre 1917
Autor: Gobierno de Nicaragua 1917El presidente de la República, a sus habitantes, Sabed: Que el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente: El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, DECRETAN: Art. 1º—Los actuales Depósitos de Especies Fiscales continuarán funcionando con el título de....