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Decreto - Se reglamenta la portación de armas en la República a fin de evitar hechos de sangre - 18 de Julio 1918

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1918

en el primer lugar que pararen; mientras tanto, si tuviere el pasajero que viajar, le proveerán de una autorización provisional, que durará quince días. Si al desembarcar, tuviere atina o armas y quisiere pasar en el puerto más de veinticuatro horas, de- berá depositarlas en lugar seguro, a elección....




Decreto - Restableciendo en la República el Colegió de Abogados - 7 de Febrero 1862

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1862

le  confieren por  la  presente ley.  Art. 2°. De la publicación de este ley, cada Seccion de la Suprema  Córte reunirá los Abogados que estén en el lugar de la residencia del  Tribunal, ó en los inmediatos, para organizar el Colegio de Abogados,  nombrando éstos por mayoría un Presidente, un Vice‐Presidente....




Decreto - Aprobando la concesión hecha por el P. E. á los señores Alejandro Coussin i Paul Levy - 14 de Marzo 1870

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1870

podrán  hacer  contratas  con  las  municipalidades  para  el  establecimiento  de  fuentes  públicas  i  arreglarán el precio después del exámen del lugar designado.  3.° El pago no se hará sino cuando el agua se halla llevado á  donde  se hubiese  convenido,  reservándose  los  concesionarios el  de....




Decreto - Ampliando i adicionando el plan de arbitrios de la Junta de edificación de la torre, de esta ciudad - 10 de Marzo 1869

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1869

Art. 3°—Los permisos para músicas nocturnas en las calles, por cuenta de particulares, importarán un peso fuer- te i para las que hayan de tener lugar en casas de la misma ma- nera, cincuenta centavos. Estos permisos se harán constar en voletos que venderá el Tesorero de la Junta ; pero que, para....




Acuerdo - Por el que señalan las atribuciones al inspector general de instrucción pública - 29 de Mayo 1895

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1895

en los casos de importancia, Si el caso fuere ur- gente y las circunstancias de lugar y tiempo no permitiesen concurrir personalmente, podrá el inspector encargar de la visita al jefe político o a una autoridad del lugar en que deba. verificarse. Art. 4º –El inspector general de instrucción pública....




Tratado - Tratado entre Colombia y Centro-América, firmado en Bogotá - 15 de Marzo 1825

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1825

Centro América, los cuales han sucedido a aquellas extinguidas Repúblicas en todos los derechos y obligaciones de las mismas, según lo anotó en igual lugar el editor de la recopilación de las leyes del Estado, de El Salvador. Art. 1º. Las Provincias del Centro de América y la República de Colombia....




Decreto - Reglamento de la Policía Republicana - 19 de Marzo 1895

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1895

http://enriquebolanos.org/ den público, y dar parte de cuanto sepan ti averi- güen á sus jefes: 33?Dar parte igualmente cuando tengan noticia de que en algún lugar se., acuñe moneda falsa, se des- tile aguardiente, se introduzca contrabando ó se oculte algún delincuente, ya sea que estos delitos se cometan en....




Decreto Ejecutivo - Permitiendo la venta del terreno en que está situada la ciudad Pineda - 21 de Febrero 1852

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1852

se admitirán las pujas. Art. 4º. Todo remate que sea de venta o arrendamiento debe llevar en sí la condición de salvar la calle, si fuere en lugar en donde aun no esté delineada. Art. 5º. El monto del valor de los solares que se vendan deberá entregarse al contado o a más tardar dentro de....




Decreto - Reglamento de Tasa - 19 de Noviembre 1895

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1895

idóneo nombrado por éste, y un fiscal que designará el Ministerio de Hacienda. Si el Inspector ó el Fiscal General de Hacienda se en- cuentra en el lugar, podrá concurrir á dicha .Junta con voz y voto. Art. 10—Son obligaciones de estas Juntas: 1ª Tener cinco horas diarias de trabajo durante el mes....




Decreto Legislativo - Mandando establecer clases de filosofía en todos los pueblos de Estado - 3 de Marzo 1826

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1826

mantener los maestros; y en aquellos lugares en que esto no sea posible, los mismos maestros podrán abrir contratos con los padres de familia vecinos del lugar o personas a cuyo cargo estén los que pretendan el ser alumnos. Estos contratos deberán obtener las aprobaciones de las municipalidades respectivas:....




Decreto Ejecutivo - Capítulos vigentes del reglamento para la composición de los caminos - 1 de Julio 1861

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1861

si es que pudiese haber en la cercanía estos materiales, empleándolos por lo menos en los peores pasos. Lo propio se observará en cualquier otro lugar fangoso donde pueda haber material de esta clase. Art. 9º. Los árboles cuyas raíces impiden el desmoronamiento del terreno por las avenidas o ....




Decreto Ejecutivo - Para que el franqueo de la correspondencia de particulares se haga en todas las administraciones por medio de estampillas- - 29 de Septiembre 1862

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1862

usando; pero en cuanto sea posible se mandará hacer por el director general uno para cada oficina, en tal disposición que, a más del nombre fijo del lugar, pueda imprimirse y variarse a discreción el mes y el día, con el doble objeto de inutilizar el futuro uso de las estampillas, y saber la fecha en....




Decreto Ejecutivo - Reglamentando la ley de 19 de marzo del mismo año, sobre jueces letrados y costas - 10 de Mayo 1861

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1861

publicación de la ley de 20 de febrero de 1863 que redujo la dotación de los jueces de 1ª instancia y les concedió los derechos de actuación, ya no tiene lugar lo dispuesto en este decreto sobre costas con relación a la hacienda pública. El Gobierno: Con objeto de hacer que la ley de 19 de marzo....




Decreto Legislativo - Mandando observar en el Estado la real cédula de 11 de diciembre de 1793 que establece el Consulado - 6 de Mayo 1853

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1853

la sección respectiva y dos colegas, y de tercera instancia el Presidente de la otra sección con dos colegas. Art. 7º. Los recursos que tengan lugar con arreglo a la ley de 4 de junio de 1851 se interpondrán para ante la respectiva sección judicial de que habla el artículo anterior. Art. 8º....




Decreto Legislativo - Declarando que no habrá procuradores del número - 24 de Mayo 1853

Autor:  Gobierno de Nicaragua 1853

judicial a que corresponda el solicitante cuando se pidan para procurar en juicio escrito, siendo para juicio verbal, las dará la municipalidad del lugar del petente; y donde no lo haya, una junta compuesta del alcalde constitucional, juez de agricultura y los suplentes de ambos. Art. 3º. Para obtenerlas....