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Decreto - Prohibiendo la portación de armas de fuego i de las blancas que tengan menos de cinco cuartas de longitud - 16 de abril 1836
Autor: Gobierno de Nicaragua 1836considerando: que la portacion de algunas armas ocasiona graves males a la sociedad: que la seguridad i bienestar de los nicaragüenses exijen en esta parte una medida represiva i practicable, i que la pragmática de 26 de abril de 1761 que conmina a los portadores de armas prohibidas con la pena de seis años....
Decreto - Se señala el tiempo en el cual, los que tengan armas nacionales, deben presentarlas - 9 de Agosto 1858
Autor: Gobierno de Nicaragua 1858agosto. Se señala el tiempo, en el cual, los que tengan armas nacionales, deben presentarlas. El General Presidente de la República de Nicaragua, á sus habitantes, Considerando, que en el departamento de Nueva Segovia ex- isten todavia armas nacionales en manos de particulares, no obstante la publicación....
Decreto - Indultando á los individuos de sargento abajo que hayan desertado del servicio de las armas - 7 de Abril 1851
Autor: Gobierno de Nicaragua 1851Decreto de 7 de Abril de 1851 indultando á las individuos. de Sargento abajo que hayan desertado del servicio de las armas El Senador Director del Estado de Nicanigua a sus habitantes =Por cuanto la Asamblea Legislativa ha de- cretado lo siguiente---- E1 Senado y Cámara de Repre, sentantes del....
Decreto - Manda presentar las armas nacionales que tengan las personas particulares, a los Comandantes locales de los distritos respectivos - 14 de Julio 1857
Autor: Gobierno de Nicaragua 1857DECRETO n. 37 que manda presentar las armas naciona les que tengan las personas particulares, ' los Comandantes locales de los distritos respectivas. El Gobierno Supremo de la República de Nicaragua á sus ha bitantes. Considerando que existen muchas armas dispersas en poder de particulares á....
Acuerdo - Disponiendo que todo individuo que presente armas I pertrechos de guerra ó las denunciare se les dé un peso de gratificación - 18 de Octubre 1869
Autor: Gobierno de Nicaragua 1869Acuerdo, disponiendo que todo individuo que presente armas i pertrechos de guerra ó las denunciare se les dé un peso de gratificación. EL GOBIERNO: En uso de sus facultades ACUERDA: 1°. Todos los individuos que presentaran armas ó pertrechos de guerra de los facciosos ó denuncias, la....
Decreto - Llamando al servicio de las armas á todo hombre de 18 á 60 años - 11 de Agosto 1851
Autor: Gobierno de Nicaragua 1851Decreto de 11 de agosto de 1851 llamando al servicio de las armas á todo hombre de 18 años para arriba. El Senador Director del Estado de Nicaragua – Teniendo en consideración: que para establecer el órden público alterado en Leon por los militares del cuartel de aquella ....
Acuerdo - Exceptuando del servicio de las armas a los que trabajan en la iglesia y cabildo en la villa de San Pedro de Metapa - 9 de Marzo 1858
Autor: Gobierno de Nicaragua 1858ACUERDO n . 255 de 9 de marzo, esceptuando del servicio de las armas a los que trabajan en, la Iglesia y cabildo de la Villa de San Pedro de Metapa. El Gobierno: Siendo de su deber promover las mejoras en todo sentido y con presencia de la esposicion de la municipalidad de la Villa de San Pedro....
Decreto - Llamando á las armas á todos los varones de 18 á 50 años de edad - 14 de Marzo 1863
Autor: Gobierno de Nicaragua 1863ellas el de llamar á las armas á todos los habitantes de la Na- cion capaces de llevarlas, para conservar la soberanía é in. dependencia del pais; en uso de las atribuciones que le competen. ha venido en decretar y Decreta: Art. 1° Llámese al servicio de las armas, durante la presente crisis....
Acuerdo - Eximiendo por dos años del servicio de las armas á los militares de Belen - 12 de Agosto 1867
Autor: Gobierno de Nicaragua 1867eximiendo por dos años del ser- vicio de las armas á los militares de Belen. EL GOBIERNO: C0n presencia de la esposicion, en que la Junta de Alcaldes i Jueces de Agricultura de Belen suplican al Go- bierno se sirva exhonerar del servicio de las armas alos militares de aquella villa, que se ocupen....
Decreto - Prohibiendo la introducción de armas y demás elementos de guerra por los puertos y fronteras del Estado, sin permiso del Gobierno - 3 de julio 1849
Autor: Gobierno de Nicaragua 184927 de febrero de 1837, es prohibida la introducción de armas y demás elementos de guerra, sin permiso del Gobierno. Decreta: Art. 1º. En los puertos y fronteras del Estado no se permitirá bajo ningún pretexto la introducción de armas ni otros elementos de guerra de cualquiera clase que sean....
Decreto - Retirando las cédulas de inválidos a los agraciados que han tomado armas contra el Gobierno para invadir el territorio de la República - 23 de Mayo 1863
Autor: Gobierno de Nicaragua 1863inválidos a los agraciados que han tomado las armas contra el Gobierno para invadir el territorio de la República. El S. P. E. de la República, a sus habitantes. Informado que varios militares agraciados con cédula de inválidos han tomado armas y cooperado a la invasión extraña que ha sufrido....
Acuerdo - Eximiendo del servicio de las armas á los militares que se dediquen á la siembra de maíz de postrera - 14 de Agosto 1867
Autor: Gobierno de Nicaragua 1867las siembras de maiz de postrera, quedan exentos del servicio de las armas desde que empiesen á preparar la tierra, hasta que tengan cosechado i entrojado el grano. 2.° Cuando alguno sea tomado para el servicio de- las armas, para gozar de la gracia de que habla el artí- culo anterior, comprobará....
Decreto - Disponiendo que el Presidente de la República sea el Comandante general de las armas de la misma - 20 de Marzo 1858
Autor: Gobierno de Nicaragua 1858DECRETO número 40 de 20 de marzo, disponiendo que el Presidente de la República sea el Comandante General de las armas de la misma. El Gral. Presidente de la Rpca. de Nicaragua á sus habitantes. Por cuanto la A. C. de la República ha decretado lo que sigue: "La Asamblea Constituyente de ....
Decreto - Concediendo la gracia de indulto a los reos de delitos comunes que sirvieron en las armas del Gobierno en la última campaña de 1863 - 29 de Marzo 1865
Autor: Gobierno de Nicaragua 1865Decreto de 29 de marzo, concediendo la gracia de indulto a' los reos de delitos comunes que sirvieron en las armas del Gobierno en la última campaña de 1863. El Presidente de la República, á sus habitantes, Sabed : Que el Congreso ha ordenado lo siguiente : El Senado y Cámara de Diputados....
Decreto - Disponiendo que el Presidente de la República sea el comandante general de las armas - 20 de Marzo 1858
Autor: Gobierno de Nicaragua 1858de 20 de marzo de 1858, disponiendo que el Presidente de la República sea el Comandante general de las armas. Art. 1º. El Presidente de la República es el Comandante general de las armas de la misma, y ejercerá sus funciones conforme a las leyes. Art. 2º. Queda en esta parte reformada la....
