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Documento 1 Destrucción del Puerto San Juan del Norte de Nicaragua

Autor:  Andrés Vega Bolaños

lo cual advertido por el Capitán, dispar6 un rifle contra su adver- 8 ANDRÉS VEGA BOLAÑOS sario, le atravesó el corazón y le dejó muerto. El cadáver fue conducido a Greyfown, donde se practicaron las primeras dili- gencias del caso para formar causa a Smith. Este se refugió en la casa del Mayor....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 104 del 2 de junio 1999

Autor:  Gobierno de Nicaragua

de muerte y ayudar a establecer la manera de la muerte, en todos los casos, que legalmente se requiera, así como ayudar en la identificación del cadáver e intervalo de la muerte. 8. Rendir informes sobre el desarrollo del Sistema Nacional de Medicina Legal, ante la Presidencia de la Corte Suprema....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 188 del 5 de octubre 2000

Autor:  Gobierno de Nicaragua

protocolarios así lo aconsejen. Arto.67. Cuandoun funcionariofalleciera en el exterior. el Gobierno sufragará los gastos de incineración del cadáver y los de su traslado a Nicaragua,y entregará al cónyuge o a tos hijos. según el caso, las remuneraciones y derechos que le correspondiera, conforme....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - # 004 de 5 Enero 2006

Autor:  Gobierno de Nicaragua

sobre sí, será castigado con la pena de dos a seis años de prisión. Se impondrá la pena en su mitad superior al militar que mutilare o ultrajare un cadáver de un miembro del Ejército o fuerzas aliadas fallecido en acción combativa. Título VII Delitos contra la Justicia Militar Capítulo Único Arto. 178....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - # 051 de 12 Marzo 2004

Autor:  Gobierno de Nicaragua

6.-Los animales muertos como: caballos, ganado, cerdos, perros, y otros deberán enterrarse en el Basurero Municipal Sector Urbano. En caso que el cadáver se encuentre en estado de descomposición será incinerado en el lugar de su muerte. Cuando el animal haya muerto por causa desconocida o infecto contagiosa....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua -# 164 de 28 Agosto 2007

Autor:  Gobierno de Nicaragua

a establecer las circunstancias en que ésta se produjo, en todos los casos en que legalmentese requiera, así como ayudar en la identificación del cadáver; 8. Cumplir con las normas y procedimientos establecidos en la ley de la materia; y 9. Cualquier otra que establezca la ley. En sus funciones técnicas....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 179 del 19 de septiembre 1990

Autor:  Gobierno de Nicaragua

afectado de cualquier enfermedad que pueda ser sometido a tratamiento, según el criterio del Médico Veterinario. d) Ganado muerto: El cuerpo (cadáver) del ganado que ha muerto de otra manera que no sea para sacrificio. e) Ganado Sospechoso: Este término signi- fica que el ganado así identificado....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 141 del 28 de julio 1994

Autor:  Gobierno de Nicaragua

en una área de recreación y esparcimiento.- Considerando.- VI Que el actual cementerio se encuentra sobresaturado y para poder inhumar un cadáver se tiene que exhumar el anterior.- Considerando.- VII Que la población de Juigalpa tiene la imperiosa necesidad de contar con un cementerio....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 223 del 20 de noviembre 2007

Autor:  Gobierno de Nicaragua

administrativo establecido. De manera excepcional, ante la ausencia de familiares del niño, niña o adolescente, se podrá recurrir a la exhumación del cadáver del padre o la madre, previa resolución de la autoridad judicial competente, a solicitud fundada de instancia administrativa. Capítulo V De la situación....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 11 del 16 de enero 1986

Autor:  Gobierno de Nicaragua

terraje y sepultura, la venta de lotes y su uso será reglamentado por la Jun. ta Municipal de Reconstrucción del Munici- pio. Ehumación de un cadáver pre- vio permiso del Ministerio de Salud, pagará boleta de .. 200.00 3.-El que solicite autorización para edi- ficar dentro de la población, solicitará....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 12 del 17 de enero 1986

Autor:  Gobierno de Nicaragua

Clínica Médico dental. .. 38. Cementerio: - terraje de un párvulo .. . - terraje de un adulto .. - pobres de solemnidad. - exhumación de un cadáver, previa autorización del Ministerio de Sa- 39. Chinamos: los derechos para cons- truirlos en tiempo de fiestas, los nego- cios o diversiones que....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 16 del 22 enero 1985

Autor:  Gobierno de Nicaragua

cada día o frac- ción de permanencia en el corral mu- nicipal pagarán 10.00 26. Cementerio: — Permiso de entierro. 25.00 — Exhumación de un cadáver previo permiso del MINSA 100.00 27. Comiderías populares sin venta de be- bidas alcohólicas pagarán 303.00 150.00 28. Conjunto Musicales:....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 3 del 04 enero 1985

Autor:  Gobierno de Nicaragua

Cementerios: Por el entierro de un adulto 20.00 Por el entierro de un párvulo . . . 10.00 Los pobres de solemnidad Libre Exhumación de un cadáver previo per- miso del Ministerio de Salud pagará una Boleta .. . . 100.00 Lotes en el cementerio, su venta y su uso será reglamentado por la Junta....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 199 del 31 de agosto 1983

Autor:  Gobierno de Nicaragua

días, se presente al local de este Juzgado a defenderse de la causa criminal que se le sigue per el delito de Violación de Tum- ba y Profanación de cadáver en perjuicio de Samuel Zacarías Pérez Oporta, quien fuera mayor de edad y del domicilio de Wuirruca y demás generales ignoradas; bajo los apercibimientos....




Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 148 del 25 de junio 1982

Autor:  Gobierno de Nicaragua

-Cementerios: Por el entierro de un adulto. . . 20.00 Por el entierro de un párvulo. .. 10.00 Los pobres de solemnidad. . LIBRE Exhumación de un cadáver, previo permiso del Minis- terio de Salud, pagará una boleta de. .. . 100.00 Lotes en el Cementerio su venta y uso será reglamen- tado por la....